Con un presupuesto de 400 millones de euros para este año, el gobierno ha creado una nueva ayuda para impulsar la compra de vehículos eléctricos y electrificados por parte de empresas, autónomos y particulares. Esta ayuda se ha centralizado para tramitarla directamente desde los concesionarios o puntos de venta, pero en Miralles Assessors SL -como expertos en gestoría de vehículos tanto para particulares como para concesionarios- te damos todos los detalles a través de esta guía informativa.
¿Qué vehículos puedo comprar con el Programa Auto+?
Es requisito indispensable que el vehículo disponga de etiqueta CERO emisiones, así como que no supere los siguientes umbrales de precio neto: 45.000 € para turismos de hasta nueve plazas y 10.000 € para motocicletas. Entre estas últimas, la ayuda solo cubre las que sobrepasen los 45 km/h, con una potencia del motor eléctrico igual o superior a 3 kW y una autonomía mínima de 70 km. En contrapartida, no existe un tope de precio para furgonetas, camiones ligeros y cuadriciclos.
Las ayudas, no obstante, no solo se destinan a la compra, sino también al leasing (o renting en el caso de autónomos y empresas) de vehículos a motor electrificados. De cualquier modo, pueden ser nuevos -matriculados por primera vez en España a nombre del beneficiario del programa- o seminuevos de concesionario o punto de venta -con primera matriculación posterior al 1 de enero de 2025-.
¡Atención! El vehículo puede ser eléctrico puro, lo que abarca los vehículos eléctricos de batería (BEV) y los de célula de combustible (FCEV), o electrificado: vehículos eléctricos de autonomía extendida (EREV) e híbridos enchufables (PHEV).
Importe máximo de las ayudas según tipo de vehículo
El Programa Auto+ ofrece tanto a profesionales como particulares las siguientes ayudas:
- Turismos de hasta nueve plazas (M1): hasta 4.500 €.
- Furgonetas o camiones ligeros con un límite de 3,5 toneladas (N1): hasta 5.000 €.
- Motocicletas (L3e, L4e, L5e): hasta 1.100 €.
- Cuadriciclos o “coches sin carnet” (L6e, L7e): hasta 1.500 €.
Ahora bien, en caso de particulares, la ayuda solo es válida para un vehículo, mientras que para empresas y autónomos se extiende a 10.

¿Cómo puedo calcular la ayuda que recibiré con este plan?
La cuantía a percibir se calcula según fórmula ‘EEE’: Eléctrico, Europeo y Económico. Sobre la cifra de la ayuda máxima por categoría, que hemos expuesto en el apartado anterior, se aplican los tres filtros que puedes observar en esta tabla:
| Concepto | Aplicación |
|---|---|
| Criterio eléctrico | BEV/FCEV: 50% de la ayuda máxima; PHEV/EREV: 25%. |
| Criterio económico | M1 ≤ 35.000 €: 25%; M1 entre 35.000 y 45.000 €: 15%; resto categorías: 25%. |
| Criterio europeo | Montaje UE: 15%; si además parte de la batería se fabrica en la UE: +10% (total 25%). |
Ejemplo de ayuda Auto+
Veamos ahora un ejemplo para comprenderlo fácilmente: partiendo de que hay una “hucha” máxima de 4.500 € para turismos, a un coche eléctrico puro le correspondería el 50% de ese total; si tiene un coste sin impuestos inferior a 35.000 € accedería a otro 25%; y si es de manufactura europea pero no tiene batería fabricada en Europa se le añadiría un 15% más. Por ello, en este caso el comprador recibiría el 90% de 4.500 €, es decir, 4.050 €, ya que solo le faltaría el 10% que se puede aplicar por batería europea.
Recuerda que turismos, motocicletas, camiones ligeros y cuadriciclos (“coches sin carnet”) están incluidos en este plan, cuya convocatoria en el BOE aún está pendiente -en la fecha de redacción de este artículo- pero que tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026, siendo válidas las compras realizadas desde esa fecha.